Los suscriptores de los sectores comercial, industrial, oficial y especial, que generen aguas residuales no domésticas (ARnD), deben presentar la caracterización físico-química de sus vertimientos antes del 31 de diciembre de 2020.

Según lo establece el artículo 38 del Decreto 3930 de 2010 del MAVDT (Ahora contenido en el Decreto 1076 de 2015), todos los usuarios a los cuales se hace prestación de servicios de tipo comercial, industrial oficial o especial, cuyos inmuebles o propiedades finca raíz emitan residuos a fuentes hídrica o alcantarillado, están obligados a cumplir con la norma de vertimientos vigentes.

“La norma exige que antes del 31 de diciembre de cada año se nos debe presentar a la empresa  la caracterización fisicoquímica, microbiológica u otros tipos de análisis que exija la norma para los  vertimientos líquidos que se generen en las actividades”, explicó la gerente del IBAL, Sandra Liliana García.

Se tienen unos documentos ya predeterminados para realizar el trámite, que van desde la solicitud por escrito a la Jefe de la Oficina de Gestión Ambiental hasta, el documento original que debe contener el cálculo de la carga contaminante vertida al alcantarillado, los cuales, se pueden encontrar en https://www.ibal.gov.co/caracterizacion-de-vertimientos-liquidos.

“El usuario o suscriptor podrá realizar el trámite de manera presencial radicando los documentos necesarios para el trámite en la Ventanilla Única, localizada en el Centro de Atención Personalizada de la carrera Quinta con calle 41 edificio F25 local 202, en horario de 7:00 de la mañana a 4:00 de la tarde en jornada continua, o puede escribir a gestionambiental@ibal.gov.co para solicitar mayor información” finalizó la funcionaria.
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