El IBAL ganó la demanda interpuesta por el apartahotel, El Oásis. El Tribunal Superior de Distrito Judicial (sala civil – familiar) falló en segunda instancia a favor de la Empresa ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado y negó las pretensiones económicas del demandante que ascendían a mil 600 millones de pesos.
“Este es un logro jurídico que reviste de mucha importancia, ya que de haberse condenado al IBAL por la suma mencionada, se hubiesen afectado las finanzas de la misma”, explicó Rafael Eduardo Hernández Barrero, secretario general.
El proceso:
El señor Alfonso Rojas Torres en calidad de propietario del establecimiento comercial, apartahotel El Oásis demandó al IBAL alegando perjuicios materiales y morales por la suspensión del servicio en marzo del año 2010 y por el presunto incumplimiento de un contrato de venta de agua tratada en bloque.
No obstante, la empresa a través un dictamen pericial (pruebas técnicas) logró demostrar que el establecimiento contó con el servicio, que no se violaron los derechos del demandante, ni se incumplió con el acto contractual firmado entre las dos partes.
“La empresa ibaguereña de acueducto y alcantarillado realizó procedimientos técnicos, administrativos en el predio del establecimiento comercial y encontró que el medidor registraba una lectura real (…) de manera que el Oásis contaba con el servicio de acueducto por parte del IBAL”, indica el fallo.
Decisión:
Revocar la sentencia de primera instancia del juzgado Primero Civil del Circuito de Ibagué del 21 de julio de 2014, donde se condenaba al IBAL.
Publicado: 2016-04-21